jueves, 13 de agosto de 2015

Taller 2 activo

¿Qué es activo?

Un activo es un bien que la empresa posee y que pueden convenirse en dinero u otros medios líquidos equivalentes.

¿Posesión de un activo?

Desde el punto de vista jurídico puede decirse que es el derecho que compete a un individuo a utilizar una cosa determinada según lo considere conveniente, claro está, respetando los derechos de los demás. Dada esta circunstancia es necesario que en determinados órdenes la posesión de un determinado activo quede registrada legalmente a efecto de garantizar correctamente derechos como obligaciones. El concepto de posesión está, desde esta perspectiva, estrechamente ligado con el de propiedad, pudiendo ser esta privada o pública. Garantizar el respeto a la propiedad es de enorme importancia en cualquier sociedad y es por ello que es una circunstancia que debe estar perfectamente regulada.

¿Dominio de un activo?
El derecho de domino o propiedad es aquel derecho real que tenemos sobre cosas corporales,  incorporales y sobre la producción de nuestro intelecto (derechos de autor), para gozar  y  disponer de dichas cosas de manera que esta disposición no sea contra la ley o contra un derecho de otra persona. 

¿Qué es contrato de fiducia?
Es un contrato flexible, en el cual las cláusulas se pueden adaptar según tu conveniencia y necesidades. Dentro del contrato fiduciario intervienen el fideicomitente (como será conocido en esta clase de contrato), un beneficiario (que puede ser tú o un tercero que designes) y la sociedad fiduciaria o fiduciario.

¿Qué es prenda?

Por el contrato de empeño o prenda se entrega una cosa mueble a un acreedor para la seguridad de su crédito.
La cosa entregada se llama prenda.
El acreedor que la tiene se llama acreedor prendario.

Tanto la prenda como la hipoteca constituyen garantías reales, en las que la deuda se garantiza con el bien objeto de prenda o hipoteca (o cosa en términos jurídicos), de manera tal que si el deudor no paga, el acreedor se paga con el bien respectivo (se lo queda).


¿Qué es prenda de cosa ajena?



Si la prenda no pertenece al que la constituye, si no a un tercero que no ha conseguido en el empeño, subsiste sin embargo el contrato, mientras no la reclama su dueño; a menos que el acreedor sepa haber sido hurtada, o tomada por fuerza o perdida, en cuyo caso se aplicara a la prenda lo provenido en el artículo  2208

¿Qué es usufructo?
El usufructo, dicho de una forma sencilla, es el derecho a disfrutar de una propiedad ajena. Es decir, es usufructuario podrá utilizar esta propiedad aunque no es el dueño. Es un concepto jurídico, es decir, legalmente puede hacerlo.

¿Propiedad intelectual?

La propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio. La propiedad intelectual se divide en dos categorías


¿Qué es control?
El control es una etapa primordial en la administración, pues, aunque una empresa cuente con magníficos planes, una estructura organizacional adecuada y una dirección eficiente, el ejecutivo no podrá verificar cuál es la situación real de la organización i no existe un mecanismo que se cerciore e informe si los hechos van de acuerdo con los objetivos.

¿Limitaciones de dominio?


 Limitaciones  del dominio
El dominio puede ser limitado de varios modos:

1.) Por haber de pasar a otra persona en virtud de una condición.
2.) Por el gravamen de un usufructo, uso o habitación a que una persona tenga derecho en las cosas que pertenecen a otra.
3.) Por las servidumbres.


-Clasificación de los activos

Clasificación financiera

Activo corriente
Disponible
Caja-Bancos
Exigible
Clientes-anticipos-cuentas por cobrar
Realizable
Inversiones temporales-inventarios
Recuperable
Gastos pagados por anticipado


Activo no corriente
Tangible

Depreciable
Herramientas-muebles y enseres-maquinaria
No depreciable
Terrenos-construcciones en curso
Agotable
Recursos naturales-Recursos minerales
No agotable
Plantaciones
Amortizable
Gastos anticipados

Activo no corriente
Intangibles


Amortizable
Cargos diferidos-marcas-patentes
No amortizable
Crédito mercantil formado

Clasificación fiscal
Activo Fiscal



 Movibles

Bienes corporales
Muebles y enseres, inmuebles

Bienes incorporales
Patentes, marcas, derechos



 Inamovibles o fijos
Bienes corporales

Muebles, inmuebles
Bienes incorporales

Propiedad industrial,
marcas, good will
Literatura artística y científica
Derechos de autor



Clasificación Civil.
La clasificación civil del activo tiene que ver con los procesos de sucesión donde la masa de bienes se denomina inventario de bienes relictos, el que se forma por todos los bienes y derechos que tiene la persona natural al momento de fenecer.
Los pasivos de acuerdo al artículo 2494 del Código Civil, se clasifican en orden de pago con la realización de los activos, tales como los gastos de  entierro, alimentos, sueldos a empleados, prestaciones sociales y toda clase de impuestos.
Esta clasificación es de cumplimiento en los procesos de liquidación de empresas para determinar los pasivos con derecho a relación para su pago.





Fuentes:

http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-el-usufructo
http://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/intproperty/450/wipo_pub_450.pdf
Propiedad intelectual
http://www.gerencie.com/contrato-de-prenda.html








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